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6 de octubre de 2020

Servicio ordinario de la unidad ciclista - AVPCZgz

20201004 Zaragoza. –     El domingo por la mañana, cuatro integrantes de la unidad ciclista de la AVPCZgz (V006 – V007 – V068 – V104), formaron dos equipos por binomios, asignándose un recorrido previamente identificado por los carriles – bici y zonas verdes de la ciudad: Ribera del Ebro, Coso, Miguel Servet, Camino Las Torres, Gran Vía, Parque José Antonio Labordeta, Corona de Aragón, Avda. Valencia, Avda. Clave, Aljafería, Parque del Tío Jorge... 

 Foto: Víctor García

En cuanto al cometido desarrollado, informaron de la prohibición de atar las bicicletas a los árboles:

Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas - Zaragoza.

“Artículo 32. - Aparcamiento de bicicletas. Los aparcamientos diseñados específicamente para bicicletas serán de uso exclusivo para éstas y para los vehículos de movilidad personal en las condiciones establecidas en la normativa de aplicación.

Las bicicletas se estacionarán en los espacios específicamente acondicionados para tal fin, debidamente aseguradas en las parrillas habilitadas al efecto. En los supuestos de no existir aparcamientos en un radio de 75 metros, las bicicletas podrán ser amarradas a elementos del mobiliario urbano durante un plazo que en ningún caso podrá superar las 24 horas, siempre que con ello no se realice ningún daño al elemento de mobiliario urbano, no se vea alterada su función, ni se entorpezca el tránsito peatonal ni la circulación de vehículos.

En cualquier caso, para garantizar la circulación peatonal, se deberá respetar un espacio mínimo de 1 metro como zona de tránsito. En ningún caso podrán estacionarse bicicletas en aceras con anchura total inferior a 1,5 metros”.

 Foto: Isabel Cabeza

Y la observancia acerca de llevar atado al perro al circular con la bicicleta:

Ley 11/2003, de 19 de marzo, de Protección Animal en la Comunidad Autónoma de Aragón.

“Artículo 68. Infracciones leves.

12. Llevar animales atados a vehículos en movimiento o, estando sueltos, hacerles marchar detrás de aquéllos.

Artículo 71. Sanciones pecuniarias.

a) Infracciones leves, con multa de sesenta euros (60 €) a seiscientos un euros (601 €)”.

El servicio comenzó a las 09:30 horas en el parque de bomberos, nº. 1 y concluyo sin más novedades que destacar a las 14:00 horas.

10 de abril de 2016

Seminario sobre Edificios Deficientes

20160904 -Zaragoza.- El pasado sábado nueve de abril, diecisiete voluntarios de la AVPCZgz, asistieron al Seminario sobre Edificios Deficientes, impartido por el oficial de bomberos Guillermo Pombo, dentro del programa de formación continuada, a los voluntarios de PCZgz en colaboración con la Escuela de Bomberos Zaragoza. El objetivo de este seminario no es otro que el de aportar al voluntario el conocimiento necesario para reconocer a simple vista aquellas deficiencias en fachadas, edificaciones y solares que pueda observar en la calle en el desempeño de funciones, relacionadas con la seguridad y aquellas que pudiesen presentarse en el día a día, estando igualmente fuera de servicio.


El contenido del programa didáctico incluyo una primera parte teórico - legislativa, donde se repaso la Ordenanza Municipal reguladora del deber de Conservación de Edificación e Inspección Técnica de Edificios (ITE),  incidiendo en el deber de los propietarios en el deber de conservar los terrenos, solares, carteles y cualquier elemento estructural en perfecto estado conforme a legislación tal el caso de los solares (libres de escombros, basuras y vegetación - nivelados y sin socavones, con pendiente hacia la acera evitando filtraciones edificios colindantes, vallados o tapiados) y la obligatoriedad de pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) a los cincuenta años de su construcción y posteriormente cada diez. Supuestos de ruina técnica - económica - urbanística - edificios catalogados e inminente, procedimientos y medidas de seguridad a adoptar. 



Vimos el organigrama del cuerpo de bomberos y protección civil, su historia reciente (30 - 40 últimos años), la creación de nuevos parques de bomberos según la ciudad se expandía (4+1), sus hitos históricos como el Incendio del Corona (19790712), el accidente del autobús precipitado al Ebro a su paso por el Puente de Piedra (19711219), su recuperación del Pozo de San Lázaro (19810514 - cumpliéndose el 50 Aniversario de la profesionalización del Cuerpo de Bomberos de Zaragoza), y aquel proyecto soñado de lo que años más tarde sería el conocido helicóptero del 112 SOS Aragón en referencia al Servicio de Salvamento Aéreo Medicalizado que tuvo su base en el patio de maniobras del Parque nº 1 de Bomberos de enero a octubre de 1984. También se hablo del personal y del material actual en el Servicio, de sus especialidades profesionales (auxiliar ambulancia, buceadores y rescate vertical) y de la incorporación de la mujer como bombero o bombera, según lo entienda el interlocutor al ser en este caso una compañera más del Cuerpo de Bomberos.


Siguiendo el programa conocimos los edificios deficientes y lesiones frecuentes en los mismos de forma reconocible: Fisuras y grietas - Deterioro de revestimientos y humedades. Observamos también la tipología de las fachadas (estructura de carga o cerramientos - fachadas ligeras y muros de cortina con sujeción a estructura portante). Las clases de materiales que se usan en construcción y su comportamiento. De aquellas instalaciones que pueden aparecer en las fachadas y el riesgo que conllevan (agua, electricidad, gas y comunicaciones) y otros elementos que contienen (letreros, ornamentaciones y antenas entre una gran variedad).




De la patología de las fachadas pasamos a las actuaciones en las fachadas, del salvamento y saneado de fachadas. Capitulo este ampliamente documentado con imágenes de apuntalamientos y apeos, ubicación y estabilización de la auto escala (AEA), balizamiento y aviso a Policía Local, ante la necesidad de retirar los vehículos aparcados y cierre de la calzada al tránsito. Procedimiento de la secuencia de actuación.



Y para finalizar conocimiento in situ del material y herramientas a utilizar en este tipo de actuaciones que utiliza el Servicio contra Incendios de Salvamento y Protección Civil del Ayuntamiento de Zaragoza del cual libre y prudencialmente, formamos parte los voluntarios de Protección Civil del municipio de Zaragoza. La formación continuada del voluntariado, capacita y faculta al voluntario para ejercer con eficacia y en la medida de nuestras competencias tareas de prevención, vigilancia y atención en la calle por y para la ciudadanía.





29 de enero de 2013

Protección Civil en Gran Vía

La Unidad Ciclista de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil del Ayuntamiento de Zaragoza, ha puesto en marcha hace unos meses con la incorporación de nuevos efectivos a la unidad, un novedoso modelo de atención ciudadana, los fines de semana en el carril bici  comprendido entre la Plaza del Emperador Carlos y Plaza Paraíso. Este ambicioso proyecto consiste en asistir a los ciclistas y ciudadanos en tránsito por la zona de Fernando el Católico y Gran Vía en patrullas de dos o tres voluntarios, según la disponibilidad del personal.
Los VUCPCAZ observan el comportamiento de los usuarios, recomendando el cumplimiento de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas, incidiendo especialmente en los artículos* 30, 32, 35, 36, 37 y 51.
Esta iniciativa pretende concienciar al ciclista en la observancia de la ordenanza por su seguridad y la de los demás, favoreciendo la tolerancia, racional y pacifica en los espacios públicos, donde conviven peatones y ciclistas, un lugar que en definitiva es de todos.
Artículos* 30, 32, 35, 36, 37 y 51
Artículo 30. De conformidad con el Reglamento General de Circulación:
No se podrá conducir una bicicleta, ni ningún otro vehículo, utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
No se podrá conducir una bicicleta, ni ningún otro vehículo, utilizando manualmente el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción.
Los ciclistas, en lo que se refiere a conducir habiendo consumido bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas, tienen las mismas obligaciones y restricciones que el resto de conductores.
Artículo 32. - Aparcamiento de bicicletas.
Los aparcamientos diseñados específicamente para bicicletas serán de uso exclusivo para éstas.
Las bicicletas se estacionarán en los espacios específicamente acondicionados para tal fin, debidamente aseguradas en las parrillas habilitadas al efecto. En los supuestos de no existir aparcamientos en un radio de 75 metros, las bicicletas podrán ser amarradas a elementos del mobiliario urbano durante un plazo que en ningún caso podrá superar las 24 horas, siempre que con ello no se realice ningún daño al elemento de mobiliario urbano, no se vea alterada su función, ni se entorpezca el tránsito peatonal ni la circulación de vehículos.
En cualquier caso, para garantizar la circulación peatonal, se deberá respetar un espacio mínimo de 1 metro como zona de tránsito. En ningún caso podrán estacionarse bicicletas en aceras con anchura total inferior a 1,5 metros.
 
Artículo 35. - Visibilidad.
Las bicicletas o los ciclistas que las conducen deberán ser visibles en todo momento. Cuando circulen por la noche o en condiciones de baja visibilidad deberán disponer de luces y/o reflectantes que las hagan suficientemente visibles para todos los usuarios de la vía pública.
Artículo 36. - Elementos accesorios.
 
Por cuestiones de seguridad es recomendable la utilización de casco de protección. Las bicicletas podrán estar dotadas de timbre, ya que facilitan el tránsito por las vías ciclistas.
Las bicicletas podrán estar dotadas de elementos accesorios adecuados para el transporte diurno y nocturno de menores y de carga, tales como sillas acopladas, remolques, semirremolques y resto de dispositivos debidamente certificados u homologados, con las limitaciones de peso que dichos dispositivos estipulen, siempre que se cumplan las condiciones especificadas en el artículo siguiente.
Artículo 37. - Sillas y remolques.
 
Las bicicletas podrán transportar, cuando el conductor sea mayor de edad y bajo su exclusiva responsabilidad, un menor de hasta siete años en sillas acopladas a las mismas.
La silla deberá contar con elementos reflectantes.
Las bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque para el transporte de todo tipo de bultos y niños/as, siempre que el conductor sea mayor de edad y bajo su exclusiva responsabilidad. En caso de circular a velocidad anormalmente reducida, las bicicletas con remolque o semirremolque tendrán prohibida la circulación por la calzada, debiendo circular por vías ciclistas, zonas 30, otras vías pacificadas o zonas peatonales autorizadas.
Dichos remolques deberán ser visibles en las mismas condiciones establecidas para las bicicletas en el artículo 35 de esta Ordenanza.
Es obligatorio, en cualquiera de los dos casos, que el menor utilice el correspondiente casco protector.
Artículo 51. - Legitimación.

Las infracciones a la presente Ordenanza serán denunciadas bien directamente por la Policía Local o por cualquier persona, y seguirán el trámite administrativo de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Todas las infracciones cometidas contra lo dispuesto en la Ordenanza se considerarán como que lo son a la Ley sobre Tráfico Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

30 de septiembre de 2012

I Jornadas Convivencia Bici - Peatón "AMPA IES Grande Covián" Zaragoza

El sábado amaneció gris y con media España inundada por las intensas lluvias, caídas durante toda la noche y día anterior. Con esta perspectiva nada halagüeña la Unidad Ciclista de la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de Zaragoza, acudió como no podía ser menos, a la convocatoria de las I Jornadas de Convivencia Bici - Peatón del IES Francisco Grande Covián, organizadas por la Asociación Madres y Padres de Alumnos (AMPA).
La actividad consistente en la realización de un recorrido ciclista por el carril-bici desde el IES hasta el Parque del Agua "Luis Buñuel", transcurrió con total y absoluta normalidad a excepción de un par intervenciones, "practicas simuladas" reflejo de las colaboraciones que esta Unidad realiza en el cumplimiento de su cometido diario.
En parte teórica - práctica se abordo la "Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas de Zaragoza", objeto hoy día de no pocas interpretaciones y dudas, a tenor de los incidentes que se van presentado en la calle y que cumplidamente son publicados en prensa. El tema explicado, cumplió con las expectativas previstas a la vista de la cantidad de preguntas surgidas, señal inequívoca de que no todo el mundo que se monta en una bici, conoce las reglas que al margen de ordenanzas y análogos, lo podríamos resumir con cuatro palabras "seguridad, sentido común y educación", es nuestra vida la que está en juego, además de poner en riesgo la de otros.
Al hilo de esto último bien vale dar unas nociones básicas de cómo comportarse ante un accidentado y llamar al servicio de emergencias 112, así como de recomendar llevar siempre "sea obligatorio o no", (casco y guantes, siempre - reflectantes, chaleco y luces, por la noche o con visibilidad reducida) y aunque no se comento, mejor olvidaros las chancletas en casa. Tendremos que acordarnos la próxima vez del calzado, importantísimo.
Visto lo visto, la cosa no parece tan fácil, que lo es, si se cumplen las normas y se aplica lo que la experiencia de este colectivo (Unidad Ciclista) viene observando, desde la calle. Como ayuda al ciudadano, esta unidad cuenta con diverso material de atención sanitaria, mecánica, de información y advertencia que llevar en todas sus salidas por los parques y carriles ciclables de la ciudad.
De todo ello se dio cumplida cuenta a todos los participantes que mostraron su gran interés por conocer más detalles sobre los tres temas tratados (Ordenanza, seguridad, cometido y herramientas utilizadas por la Unidad Ciclista). En definitiva más de cuatro horas de convivencia lúdico - formativa, bien aprovechadas. Una experiencia que debe repetirse.
Participaron en este servicio 8 voluntarios con 6 bicicletas y 2 vehículos (PC9 y PC10) para el traslado de personal, material y acompañamiento de los participantes en el recorrido. Dos de los voluntarios ciclistas abrían la marcha al paso en los cruces, otros dos se situaron en medio y los dos restantes ciclistas cerraban la marcha junto a los dos compañeros de apoyo en el vehículo.
 
 













 



 
 
 


27 de septiembre de 2012

I Jornada de Convivencia Bici - Peatón, IES Grande Covián

La Asociación Madres y Padres de Alumnos del Instituto Educación Secundaria, Francisco Grande Covián realizara una jornada lúdica deportiva y didáctica donde se podrá conocer y familiarizarse con la "Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclista", mediante el conocimiento teórico práctico de dicha ordenanza, a la vez de fomentar la convivencia entre la comunidad educativa (alumnos, familias, profesores, PSA..)
La actividad consistirá en la realización de una pequeña ruta desde IES Fco. Grande Covián hasta el Parque del Agua Luis Buñuel por el carril-bici. Recomendable casco y obligatorio bicicleta y bocata.
 
Concentración, el sábado 29, a las 9 horas en el Instituto, para salir a las 10 h, un pequeño almuerzo a la 11,40 horas y de vuelta a las 13 horas. Llegada al Instituto sobre las 14,30.

24 de marzo de 2009

Prevención incendios forestales - Aragón 2009

A partir del 1 de abril hasta el 15 de octubre se establece la época de peligro de incendios forestales en Aragón, según recoge la Orden del Departamento de Medio Ambiente sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad para la campaña 2009/2010, publicada en el Boletín Oficial de Aragón de 23 de marzo de 2009. BOA NP0666/2009.

Esta norma es aplicable a todos los terrenos definidos como monte y los que se encuentran en una franja de 400 metros alrededor del monte. En ese terreno, a partir del 1 de abril queda prohibido el uso de fuego al aire libre mediante combustibles que generen residuos en forma de brasas o cenizas, incluso en los lugares habilitados para ello (como barbacoas o merenderos), requiriéndose autorización expresa para cualquier uso. Para el empleo de otros combustibles se adoptarán todas las medidas precautorias, quedando prohibido hacer fuego en todo caso bajo arbolado o sobre materia seca que puede entrar en ignición.

También queda prohibido arrojar fósforos, cigarrillos, brasas o cenizas que estén en ignición; utilizar cartuchos de caza con tacos de papel u otros materiales combustibles; arrojar residuos fuera de contenedores o vertederos autorizados, que con el paso del tiempo u otras circunstancias puedan producir combustión; disparar o prender cohetes u otros explosivos, cuando su alcance pueda incidir sobre terrenos forestales; elevar globos que contengan o produzcan fuego; la circulación de vehículos “campo a través” en cuyos montes pertenezcan a la Comunidad Autónoma; y la quema de residuos en vertedero.
Quemas agrícolas

Además, quedan prohibidas, como norma general, las quemas agrícolas. La normativa prevé que el Director del Servicio Provincial de Medio Ambiente de cada provincia pueda autorizar, caso por caso, determinadas quemas con objeto de prevenir daños por plagas o evitar otros riesgos de mayor gravedad.
Asimismo, la quema de restos de poda de olivo por motivos fitosanitarios también podrá realizarse hasta el 31 de mayo, y siempre que se asegure la discontinuidad espacial con otros restos vegetales, previa notificación al Servicio Provincial de Medio Ambiente.

Toda persona autorizada para realizar quemas agrícolas comunicará a los colindantes y al Agente de Protección de la Naturaleza el día y la hora de realización de la operación, al menos con tres días de antelación. Las quemas podrán realizarse desde una hora antes de la salida del sol y el fuego deberá quedar totalmente extinguido una hora antes del ocaso. Sólo se podrán realizar quemas en los días en que el viento esté en calma. Si iniciados los trabajos, empeoraran las condiciones, se suspenderá inmediatamente la operación, procediéndose a apagar el fuego. No se abandonará la vigilancia en la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado y haya transcurrido un período de tiempo suficiente sin que se observen llamas o brasas incandescentes. La persona autorizada tomará todas las medidas oportunas para evitar la propagación del fuego, siendo responsable de los daños que puedan producirse. Durante la realización de la quema se deberá estar en posesión de la autorización, que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.

Las consultas sobre usos del fuego pueden realizarse en los teléfonos de los centros de coordinación de incendios del Departamento de Medio Ambiente: 974 293 201 (Huesca); 976 714 600 (Zaragoza) y 978 641 145 (Teruel). El teléfono de aviso para emergencias es el 112 de SOS Aragón.
A diferencia de la temporada pasada, este invierno ha sido más normalizado respecto al número de incendios forestales debido a una climatología más favorable. Así, entre enero y febrero de 2009 se han producido 30 incendios forestales con una superficie quemada de 24 hectáreas, frente al centenar que se produjeron en el mismo periodo del pasado año, que afectaron a una superficie de 113 hectáreas, una cifra que duplicó la media de los últimos diez años.

Despliegue de medios

A partir de la primera semana de abril con el inicio de la establecida como época de peligro, el Departamento de Medio Ambiente dispondrá en la Comunidad Autónoma de 20 cuadrillas terrestres (9 en Zaragoza, 6 en Huesca y 5 en Teruel); 8 cuadrillas helitransportadas (2 en Zaragoza, 3 en Huesca y 3 en Teruel); se dispondrán de 8 puestos de vigilancia (1 en Zaragoza, 2 en Huesca y 5 en Teruel) y de un total de 26 autobombas (8 en Zaragoza, 9 en Huesca y 9 en Teruel).
Todos estos efectivos iniciales se irán incrementando de manera que a partir del mes de junio, con el comienzo de la época de máximo peligro de incendios, las 20 cuadrillas terrestres llegarán a superar las 60; se dispondrán de cerca de unas 45 autobombas y los puestos de vigilancia rondarán los 80.

Gobierno de Aragón - Gabinete Comunicación

Orden de 27 de enero de 2009 - Departamento de Medio Ambiente - Gobierno de Aragón

18 de febrero de 2009

Ordenanza Circulación de Peatones y Ciclistas – Zaragoza

Propuesta de consenso para la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas. El texto regula aspectos relacionados con la circulación, señalización y prioridades, tanto de peatones como de ciclistas.


El Observatorio de la Bicicleta, órgano consultivo integrado por diferentes colectivos y técnicos municipales, alcanzó en la tarde de ayer martes 17/02/2009, una propuesta de consenso sobre la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas. Este texto, que cuenta con el acuerdo unánime de los integrantes del Observatorio, será llevado a Gobierno para su posterior aprobación por el Pleno Municipal.

El Anteproyecto de Ordenanza se inicia con una declaración de intenciones por parte del Consistorio, basada en la ejecución de las infraestructuras ciclistas necesarias en las vías principales y la pacificación del tráfico en las vías secundarias.
La propuesta de norma regula todos los aspectos relacionados con la circulación, señalización, prioridades, etc. tanto de peatones como de ciclistas. También incluye un apartado dedicado expresamente a la señalización y normas de convivencia con el futuro tranvía, así como el régimen sancionador sobre las posibles infracciones. El texto da también indicaciones para el tránsito con patines y monopatines.

La Ordenanza está dividida en seis títulos.
El Título I, de carácter general, recoge el objeto y ámbito de aplicación de la Ordenanza así como un capítulo dedicado a la señalización vial.

El Título II dedicado a los peatones, resalta la prioridad de éstos en la circulación urbana y recopila las normas sobre limitaciones a la circulación en las zonas de prioridad peatonal.

El Título III se refiere específicamente a las bicicletas, en atención al redescubrimiento de este modo de transporte y también a los conflictos potenciales o reales que su reintroducción pudiera generar. Se regula la circulación de bicicletas en calzada, en las vías específicas para ciclistas y en las zonas de prioridad peatonal. También se contempla la creación de un registro de bicicletas de carácter voluntario con el objetivo de disuadir los robos de este tipo de vehículos.

El Título IV regula la circulación, parada y estacionamiento sobre las áreas de prioridad peatonal y vías ciclistas. Se establece asimismo la obligación de obtener permiso para ocupar puntualmente o excepcionalmente las zonas de uso exclusivo peatonal y/o ciclista.

El Título V viene a establecer las normas de señalización y convivencia entre el peatón, la bicicleta y el tranvía, fundamentalmente en su transcurso por zonas de prioridad peatonal.
El régimen sancionador está regulado en el Título VI de la Ordenanza. En él se establece el procedimiento sancionador y se clasifican las infracciones en leves, graves y muy graves.
Principales novedades del Anteproyecto de Ordenanza

El Título I explica, entre otras cosas, que el Ayuntamiento podrá establecer calles o zonas pacificadas, debidamente señalizadas, en las que la velocidad permitida no excederá en ningún caso de 30 kilómetros por hora (artículo 9). Se considerarán vías pacificadas, entre otras, y se señalizarán como tales, todas aquellas calzadas de la ciudad que dispongan de un único carril de circulación, independientemente de que existan bandas de aparcamiento en una o ambas márgenes de la calzada.

En lo que respecta al Título II, sobre la Circulación de Peatones, cabe destacar la definición de zonas de prioridad peatonal (artículo 17), entre las que están las Zonas 30, calles o zonas residenciales y zonas peatonales, en las que se incluyen paseos centrales, parques y vías verdes o sendas ciclables.
Los artículos 15 y 25 indican que las personas con movilidad reducida que vayan en sillas o triciclos podrán circular con prioridad por las aceras y las vías ciclistas segregadas del tráfico motorizado.

Sobre el Título III, De las Bicicletas, se establece que éstas deben circular por la calzada o, si existe algún tipo de vía ciclista, preferentemente por ésta. Podrán circular por las zonas 30 y por las zonas peatonales, con algunas excepciones (momentos de aglomeración, prohibición expresa, etc.).

Sólo de manera excepcional (artículo 28) se permitirá la circulación de bicicletas por aceras en calles con calzada no pacificada, en las que no exista vía ciclista o ciclable señalizada, únicamente cuando la intensidad del tráfico en calzada disuada de la utilización de la misma y siempre que en la acera se cumplan las siguientes condiciones: que la acera disponga de cuatro metros de anchura total, que al menos tres metros de anchura estén libres de elementos de mobiliario urbano y que no exista aglomeración de viandantes. Si no concurren todas estas condiciones, el ciclista deberá bajarse de la bicicleta o circular por la calzada. Los ciclistas que circulen por las aceras deberán cumplir además con el resto de restricciones impuestas para las zonas peatonales. El ciclista deberá mantener una distancia de aproximadamente un metro con los peatones en las operaciones de adelantamiento o cruce.
El artículo 30 indica que no se podrá conducir la bicicleta ni ningún otro vehículo utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Tampoco utilizando manualmente el teléfono móvil.
Otra de las novedades de la propuesta de Ordenanza es la antes citada creación de un Registro de Bicicletas, de inscripción voluntaria, con la finalidad de evitar los robos y facilitar su localización.
El Anteproyecto incluye un glosario en el que se definen los diversos vocabularios técnicos empleados, como "acera compartida", "calzada pacificada", "Vía ciclista", "Vía verde", etc.
Otros puntos de la reunión celebrada ayer
En la reunión celebrada ayer, el Observatorio de la Bicicleta tuvo asimismo conocimiento de los trabajos previos que está llevando a cabo la consultora IDOM, adjudicataria para la redacción del Plan Director de la Bicicleta, así como del proceso de participación que se llevará a cabo acerca de dicho Plan.

También se ratificó el acuerdo sobre los proyectos de nuevos carriles bici redactados por el Servicio de Movilidad y que se van a llevar a cabo en 2009 con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local. Se trata de 11,2 kilómetros, la mayor ampliación realizada hasta ahora en un solo año, con los que se consolida un importante anillo ciclista en Zaragoza.
Finalmente, se informó sobre el Plan de Aparcabicis, que prosigue su implantación por toda la ciudad. En los próximos meses se llevará a cabo la colocación de, aproximadamente, 450 zonas de aparcabicis válidas para un mínimo de 10 bicicletas cada una. Existe la posibilidad de proponer ubicaciones, de manera razonada, a través del Registro General o del Servicio de Quejas y Sugerencias del Ayuntamiento de Zaragoza.
Recordamos que se puede obtener más información sobre la bicicleta en Zaragoza en la web www.zaragoza.es/bici

Componentes del Observatorio de la Bicicleta
Recordamos que el Observatorio de la Bicicleta está presidido por la Consejera de Servicios Públicos, Carmen Dueso. El concejal de IU, José Manuel Alonso, es su vicepresidente.
El Observatorio tiene los siguiente componentes:
Usuarios de Bicicletas: Asociación Recicleta, Colectivo Pedalea, Movimiento en Defensa de la Bicicleta, Federación Aragonesa de Ciclismo.
Ecologistas: Fundación Ecología y Desarrollo, ANSAR, Ecologistas en Acción.
Sindicatos: UGT Aragón, CCOO Aragón.
Interés general y seguridad vial: Federación de Asociaciones de Barrios de Zaragoza, Unión Vecinal Cesaraugusta, Stop Accidentes.
Usuarios de Vehículos a motor: RACE, Asociación Provincial de Auto Taxi.
Asimismo, asisten a las reuniones, en calidad de asesores con voz pero sin voto, técnicos de Movilidad Urbana, Servicios Públicos, Proyectos e Infraestructuras, Planeamiento y Rehabilitación, y Fomento de la Participación Ciudadana.